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Economía

Restricción en la venta de diésel por estaciones en Santa Cruz

Por Liseth Cortez · 17 de August de 2026

La Asociación de Estaciones de Servicio de Santa Cruz (Asosur) ha comunicado a sus miembros que, en cumplimiento del Decreto Supremo N.º 5676, queda prohibido vender más de 120 litros de diésel al mes a un mismo cliente fuera del tanque del vehículo.

Esta restricción significa que las estaciones de servicio no podrán despachar cantidades que superen este umbral si el combustible es destinado a ser almacenado fuera del vehículo. La norma se aplica exclusivamente a las ventas fuera del tanque, diferenciándose de la carga directa en el vehículo.

El Decreto Supremo establece diferentes categorías de consumidores que dependerán de la cantidad de diésel que necesiten mensualmente. Según la información proporcionada por Asosur, los "Usuarios Directos" deberán adquirir su combustible directamente en las plantas de YPFB y su filial logística, a la espera de que se realicen los ajustes necesarios en los sistemas de facturación.

Esto implica que aquellos que requieran cantidades de diésel dentro de esta categoría no podrán simplemente acudir a las estaciones y solicitar el combustible para llevarlo en bidones u otros recipientes, ya que existe un límite en la cantidad que se puede despachar.

La restricción busca controlar la comercialización del diésel y evitar el desvío del combustible subvencionado, en línea con las nuevas políticas del Gobierno tras la promulgación del Decreto 5676.

El decreto también establece un precio referencial de Bs 18 por litro para grandes consumidores y compradores directos, mientras que se mantiene el precio regulado para el uso habitual del combustible.

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